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Gastos deducibles y no deducibles

¿Qué son costos y gastos deducibles?

Son aquellos costos y gastos realizados para obtener, mantener y mejorar los ingresos siempre y cuando cumplan con el reglamento de comprobantes de venta y documentos complementarios.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:52
 

¿Para qué me sirven los costos y gastos deducibles?

Sirven para determinar la base imponible, esto es, que me ayudarán a determinarán el valor con el cual tengo que calcular mi impuesto a la renta de mi período fiscal.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:51
 

¿Cómo determino mi impuesto a la renta a pagar?

En general, para determinar la base imponible sujeta al impuesto a la renta, se contabiliza todos los ingresos grabados menos la deducción de todos los costos y gastos que se efectúen en un mismo ejercicio fiscal.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:51
 

¿Cuál es la base legal donde se detallan todos los costos y gastos deducibles?

Los gastos deducibles se encuentran detallados en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Régimen tributario Interno y el artículo 27 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:50
 

Se puede deducir gastos personales para el calculo de impuesto a la renta

Se deducirá como gastos personales los que establece la normativa tributaría que son: gastos de vivienda, gastos de educación, salud, vestimenta y alimentación de cuerdo a como los establezca el reglamento.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:50
 

Existe límite para deducirse los gastos personales

Si, la deducción de gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos grabados del contribuyente y en ningún caso será mayor al equivalente al 1.3 veces de la fracción desgravada del Impuesto a la Renta de personas naturales.

Adicional para este período fiscal 2011 tendremos que tomar en cuenta que dichos gastos no deben pasar de los siguientes montos:

 

Vivienda

0.325veces

$2,993.25

Educación

0.325veces

$2,993.25

Alimentación

0.325veces

$2,993.25

Vestimenta

0.325veces

$2,993.25

Salud

1.3veces

$11,973.00

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:49
 

¿Qué deben hacer los empleados en relación de dependencia para que sus patronos tomen en cuenta sus gastos personales?

Por tercer año consecutivo, en el mes de enero los trabajadores en relación de dependencia deben entregar a sus empleadores la proyección de gastos personales deducibles. Se trata del formulario SRI GP que les sirve para detallar estos gastos y que su cálculo de impuesto a la renta pueda contener estas deducciones y determinar un correcto valor de impuesto a la renta causado.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:47
 

Es obligatoria la presentación del formulario de Gastos Personales para la deducción de gastos en Impuesto a la Renta de personas naturales que trabajan en Relación de Dependencia

La posibilidad de informar los gastos personales al empleador, es una facilidad que vía Reglamento y Resolución el SRI ha previsto para que los empleados en relación de dependencia los presenten pero en ningún caso constituye una obligación. Por lo tanto, si una persona no usa esta opción, no pierde el derecho a efectuar su reclamo de pago indebido, o pago en exceso posteriormente.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:46
 

Si soy persona natural obligada a llevar contabilidad, debo realizar retenciones en los pagos de mis gastos personales

Las retenciones en la fuente que debe realizar una persona natural, solamente las debe realizar por las compras relacionadas a su actividad económica.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:46
 

¿Qué es el formulario de proyección de gastos?

Un formulario emitido por la administración tributaria en el cual se proyecta los ingresos anuales del período fiscal, así como también la proyección de gastos por concepto de vivienda, salud, educación, alimento y vestido, que permite al patrono determinar el calculo del impuesto a la renta para ese período de dicho empleado.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:45
 

¿Cuáles son los rubros que comprenden los gastos deducibles personales?

Los rubros que comprenden como gasto deducible personal son: salud, educación, alimentación, vivienda y vestimenta, (establecidos en el artículo 34 del nuevo Reglamento de aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno).

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:44
 

¿Qué se puede deducir como gasto vivienda?

Como gasto vivienda se pueden deducir el pago del arriendo de un solo inmueble, los intereses de créditos hipotecarios pagados en el año y el impuesto predial.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:43
 

¿Qué se puede deducir como gasto salud?

En salud se toman en cuenta los honorarios médicos o pagos a cualquier casa de salud, la prima del seguro médico, medicinas y los gastos que no cubre el aseguramiento privado.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:40
 

¿Qué se puede deducir como gasto educación?

En el gasto educación, son deducibles los gastos de matrícula, pensión, útiles escolares, de los hijos menores y mayores de edad e incluso de sus dependientes con una declaración juramentada ante Notario que no perciben ingresos y que dependen económicamente del contribuyente.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:40
 

¿Qué se puede deducir como gasto alimentación?

En el gasto alimentación comprende todos los alimentos de consumo humano y los alimentos preparados.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:39
 

¿Qué se puede deducir como gasto vestimenta?

En el gasto vestimenta se deducirá el costo pagado por toda vestimenta, exceptuando accesorios.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:38
 

¿Qué pueden contarse como gastos personales deducibles?

  • El agua embotellada si está considerada como alimento.
  • Todo tipo de pañales son considerados como gasto deducible vestimenta.
  • Las bebidas gaseosas
  • Los suplementos nutricionales / leche en fórmula.
  • Los gastos incurridos por concepto de confección de prendas de vestir son deducibles.
  • Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción de única vivienda.
  • Impuestos prediales de la vivienda que habita y que sea de su propiedad.
  • Útiles escolares, materiales didácticos utilizados en la educación, y, libros.
  • Servicios de educación especial para personas discapacitadas discapacitadas, brindadas por centros y por profesionales reconocidos por órganos competentes.
  • Servicios prestados por centros de cuidado infantil.
  • Uniformes.
  • Honorarios de médicos y profesionales de la salud con titulo profesional.
  • Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios clínicos y farmacias.
  • Medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis.
Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:37
 

¿Quiénes deben presentar Anexo de gastos personales?

Es obligación para aquellas personas naturales que tienen un ingreso mayor a 15.000 dólares al año y un gasto deducible personal de más de 7.500 dólares, presentar un anexo de gastos personales, rubros que se hacen constar por proveedor.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:36
 

¿Qué son Gastos no deducibles?

Los gastos no deducibles son todas aquellas compras que siendo para el giro del negocio no están sustentadas con documentos autorizados por la administración tributaria o estándolo no corresponden al giro del negocio o actividad económica que se realiza.

Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:35
 

¿Cuáles son gastos no deducibles en gastos personales?

  1. Las bebidas alcohólicas no son consideradas como alimento para este efecto, es decir no son gastos deducibles de alimentación.
  2. Los gastos incurridos por concepto de lavado, tinturado, planchado, de prendas de vestir no son deducibles del pago del impuesto a la renta.
  3. Las bebidas energizantes NO están consideradas dentro del rubro de alimentación.
  4. Los intereses de los préstamos otorgados por el IECE No son gastos deducibles; el reglamento establece los gastos que son considerados como educación y entre ellos no constan los intereses del crédito del IECE.
  5. Los que representen una retribución de los fondos propios.
  6. Las multas y sanciones penales y administrativas, el recargo de apremio y el recargo por presentación fuera de plazo de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones.
  7. Las pérdidas del juego.
  8. Los gastos de servicios correspondientes a operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales.
  9. Las dotaciones a fondos internos de planes de pensiones.
Última actualización el Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 14:21
 

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